Presentación
Bajo el título genérico “Los límites de la flexibilización del mercado de trabajo y la economía sumergida”, las ponencias que en esta jornada técnica se presentan tratarán de arrojar luz sobre dos cuestiones relacionadas entre sí: de una parte, las anomalías detectadas en los procesos de descentralización o externalización productiva como estrategia para el ahorro de costes y del riesgo empresarial; y, de otra parte, la constatación, incluso desde instancias oficiales, del agravamiento del problema de la economía sumergida en nuestro país.
En el momento actual de profunda recesión, los operadores económicos han vuelto a reavivar el sempiterno debate sobre la flexibilización o desregulación de nuestro sistema de relaciones laborales, propugnando ésta como solución a la crisis y, en definitiva, culpabilizando una vez más al Derecho del Trabajo.
Ello no obstante, la generalización de los cambios operados en las formas organizativas de empresa basadas en la externalización o descentralización productiva ha podido generar al mismo tiempo una zona de impunidad jurídica en perjuicio del principio de estabilidad y la creación de empleo.
No en vano se apunta el pobre balance de la Reforma Laboral de 1994, en la que se legalizó la “cesión ilegal de trabajadores” a través de las Empresas de Trabajo Temporal, habida cuenta de la subsiguiente proliferación de las empresas “multiservicios”, denominadas por la doctrina como “falsas ETT”, y así parece reconocerlo también el legislador de manera tácita, cuando recientemente ha abordado el problema de la creación de empleo mediante la Ley de Agencias de colocación, donde se regula la intermediación privada en el empleo, actividad ilícita y expresamente vedada en la normativa anterior.
Por su parte, si tradicionalmente el operador político se había venido mostrando reticente a dar validez a los datos que se manejaban sobre la cuantificación de la economía sumergida, hoy ya nadie alberga duda alguna sobre la magnitud del problema, que de ser una constante de la economía española, hoy está alcanzando sus cotas máximas con la recesión económica.
En efecto, recientes estudios estiman que la economía sumergida se mueve en España en torno a la horquilla del 17% del PIB (Fundación de las Cajas de Ahorros) al 23,3% del PIB (Hacienda Pública), concluyéndose que en los últimos 20 años su crecimiento se ha multiplicado por cuatro, cuantificándose éste en torno al billón de euros.
En definitiva, podemos preguntarnos si el legislador, al mismo tiempo que se ha mostrado receptivo a las exigencias flexibilizadoras invocadas por el operador económico, no haya querido dejar pasar la ocasión para poner de manifiesto la que podíamos denominar “culpabilización de las malas prácticas empresariales”, cuya máxima expresión la encontramos en la reciente reforma del Código Penal (LO 5/2010), cuyo objetivo es poner fin a la denominada “impunidad empresarial”, produciéndose una ruptura histórica con el principio “societas delinquere non potest” (Las Sociedades no pueden delinquir).





